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última actalización abril/2016]  

Tiene razón Pablo Simón Lorda cuando dice que la Bioética es una disciplina joven, ya que, si nos ceñimos a ella exclusivamente, es decir como historia de la bioética propiamente dicha, tendríamos que abarcar tan sólo el último tercio del siglo XX y lo que llevamos vivido del siglo XXI.

Ahora bien, si la bioética empieza en los primeros años de la década de los Setenta, ¿por qué conocer lo ocurrido en las décadas anteriores, incluso en remotas?

A la primera pregunta responde el mismo autor: “la historia de la ética médica es tan antigua como la historia de la medicina”, además no hay que olvidar que en la primera década del siglo XX hacían furor las doctrinas eugenésicas, esterilizadoras y eutanásicas, las cuales, aunque al principio con voluntad académica seria, más tarde llegarían a abusos absolutamente inhumanos; pero no es menos cierto que a la larga concluirán en lo que hoy llamamos Bioética.

Lo único que cabría añadir (aunque más tarde, al hablar sobre fechas históricas clave el meritado autor sí lo hace) es que no se puede hablar de Historia de la Bioética sin hablar de la Deontología Médica y Enfermera. De hecho, la Bioética va a responder (o es un intento de respuesta, mejor dicho) a dilemas éticos y morales que la Deontología Médica y Enfermera no pueden responder, ya que exceden de la naturaleza y finalidad de tales disciplinas.

Por lo demás, a pesar de que sea una disciplina joven, incluir todos y cada uno de los acontecimientos que han ocurrido y que están ocurriendo en la Bioética sería una tarea casi imposible de realizar, razón por la cual se ha intentado compaginar cierta exhaustividad con la elección de los que se han considerado más significativos, siendo el hilo argumental preferentemente el cronológico.

Así, se abordará la Historia de la Bioética dividiéndola en dos grandes etapas: antes de Potter y después de Potter.

La primera etapa se subdividirá, a su vez, en dos subetapas, exponiéndose en la primera el Juramento Hipocrático y los Códigos Deontológico españoles; mientras que la segunda abarca desde el Código de Nüremberg hasta el primer trasplante de corazón realizado por Christian Barnard.

Por su parte, en la segunda etapa (es decir, a partir de 1970), después de exponer las razones por las cuales nace la Bioética, se recorrerá la misma por medio de los acontecimientos más importantes ocurridos en los años que discurren durante las décadas de los Setenta, Ochenta y Noventa hasta la actualidad.

Se acabará con un apéndice cuya finalidad es conocer la Historia de la Bioética en España.

Por último, se transcribirán los documentos, traducidos al español, para mejor conocimiento de los mismos.

I. ANTES DE POTTER.

I.1 EL JURAMENTO HIPOCRÁTICO Y LA DEONTOLOGÍA MÉDICA Y ENFERMERA EN ESPAÑA

JURAMENTO HIPOCRÁTICOHippocraticOath

(DOCUMENTO)

“Juro por Apolo médico, por Asclepio, Higiea y Panacea, así como por todos los dioses y diosas, poniéndolos por testigos, dar cumplimiento en la medida de mis fuerzas y de acuerdo con mi criterio a este Juramento y compromiso: Tener al que me enseñó este arte en igual estima que a mis progenitores, compartir con él mi hacienda y tomar a mi cargo sus necesidades si le hiciere falta; considerar a sus hijos como hermanos míos y enseñarles este arte, si es que tuvieran necesidad de aprenderlo, de forma gratuita y sin contrato; hacerme cargo de la preceptiva, la instrucción oral y todas las demás enseñanzas de mis hijos, de los de mi maestro y de los discípulos que hayan suscrito el compromiso y estén sometidos por juramento a la ley médica, pero a nadie más. Haré uso del régimen dietético para ayuda del enfermo, según mi capacidad y recto entender: del daño y la injusticia le preservaré. No daré a nadie, aunque me lo pida, ningún fármaco letal, ni haré semejante sugerencia. Igualmente tampoco proporcionaré a mujer alguna un pesario abortivo. En pureza y santidad mantendré mi vida y mi arte. No haré uso del bisturí ni aún con los que sufren el mal de piedra: dejaré esa práctica a los que la realizan. A cualquier casa que entrare acudiré para asistencia del enfermo, fuera de todo agravio intencionado o corrupción, en especial de prácticas sexuales con las personas, ya sean hombres o mujeres, esclavos o libres. Lo que en el tratamiento, o incluso fuera de él, viere u oyere en relación con la vida de los hombres, aquello que jamás deba trascender, lo callaré teniéndolo por secreto. En consecuencia séame dado, si a este juramento fuere fiel y no lo quebrantare, el gozar de mi vida y de mi arte, siempre celebrado entre todos los hombres. Mas si lo transgredo y cometo perjurio, sea de esto  lo contrario”.

(Traducción tomada de José Ramón Amor Pan, Introducción a la Bioética. Editorial PPC. Madrid, 2005).

“JURO POR APOLO médico y por Asclepio y por Higia y por Panacea y todos los dioses y diosas, poniéndoles por testigos, que cumpliré, según mi capacidad y mi criterio, este juramento y declaración escrita:

TRATARÉ al que me haya enseñado este arte como a mis progenitores, y compartiré mi vida con él, y le haré partícipe, si me lo pide, de todo cuanto le fuere necesario, y consideraré a sus descendientes como a hermanos varones, y les enseñaré este arte, si desean aprenderlo, sin remuneración ni contrato.

Y HARÉ partícipes de los preceptos y de las lecciones orales y do todo otro medio de aprendizaje no sólo a mis hijos, sino también a los de quien me haya enseñado y a los discípulos inscritos y ligados por juramento según la norma médica, pero a nadie más.

Y ME SERVIRÉ, según mi capacidad y mi criterio, del régimen que tienda al beneficio de los enfermos, pero me abstendré de cuanto lleve consigo perjuicio o afán de dañar.

Y NO DARÉ ninguna droga letal a nadie, aunque me la pidan, ni sugeriré un tal uso, y del mismo modo, tampoco a ninguna mujer daré permiso abortivo, sino que, a lo largo de mi vida, ejerceré mi arte pura y santamente.

Y NO CASTRARÉ ni siquiera (por tallar) a los calculosos, antes bien, dejaré a los artesanos de ella.

Y CADA VEZ QUE entre en una casa, no lo haré sino para bien de los enfermos, absteniéndome de mala acción o corrupción voluntaria, pero especialmente de trato erótico con cuerpos femeninos o masculinos, libres o serviles.

Y SI EN MI PRÁCTICA médica, o aun fuera de ella, viese u oyere, con respeto a la vida de otros hombres, algo que jamás deba ser revelado al exterior, me callaré considerando como secreto todo lo de este tipo.

Así pues, si observo este juramento sin quebrantarlo, séame dado gozar de mi vida y de mi arte y ser honrado para siempre entre los hombres; mas, si lo quebranto y cometo perjurio, sucédame lo contrario”.

(Traducción tomada de Vidal, M. Moral de Actitudes. II-1ª parte. Moral de la Persona y Bioética Teológica. P. S. Editorial. Madrid.1991).

UN

Cuidar al paciente debe ser mi primer deber.

Mientras lo hago, respetaré la autonomía del paciente.

Recordaré estos requerimientos de cuidados dando mi tiempo generosamente, informando con honestidad, confortando y aplicando tratamiento.

Mi principal regla será proteger a los pacientes de todas las formas de malpráctica y evitando gastos innecesarios.

Mantendré todas las confidencias dentro de los límites de la ley.

Seré cariñoso con los pacientes. Nunca discriminaré a ninguno.

Intentaré prevenir la enfermedad, así como curarla.

Procuraré aumentar mi competencia constantemente y respetar a quienes desarrollan estos conocimientos mediante la investigación.

Cuando esté capacitado para enseñar, impartiré mis conocimientos con agrado, manteniendo a mis alumnos y colegas en un clima afectivo y con estima.

Asumirá mis responsabilidades como miembro de una sociedad democrática.

Mi comportamiento será siempre honorable y caballeroso y reflejará justicia hacia toda la humanidad.

(Tomado de Philip Franklin Wagley, The Hippocratic Oath: Human Medine, volumen 3, n. 2, noviembre 1987).

Hipócrates nació en Cos, hacia 460 a. C., y falleció en Larissa en 355 a. C. (otros autores dicen que en 377 a. C.). Se educó con su padre Heráclides, de quien recibió formación en filosofía de acuerdo con los postulados de Demócrito. Pertenecía a una familia de médicos-sacerdotes de Asclepio.

Planteó que la medicina debía convertirse en una ciencia experimental, basada en la observación. Según él, la enfermedad se debía al desequilibrio de los cuatro humores fundamentales, es decir, sangre, flema, bilis amarilla y bilis negra; los que se relacionan con los cuatro elementos naturales: aire, tierra, agua y fuego. La armonía de estos elementos es regulada por la “vis naturae” o fuerza de la naturaleza.

Hipócrates también plantea que el cuerpo enfermo tiene una tendencia natural a curarse por sí mismo. De acuerdo con este principio, el médico sólo debía seguir el curso de la enfermedad para poder ayudar a la naturaleza.

Sus obras están reunidas en el Corpus Hipocraticum, aunque se duda de la autoría de alguna de ellas. Éste fue reunido hacia el año 300 a. C. para la biblioteca de Alejandría y contenía 100 escritos.

En su juramento, Hipócrates:

Rechaza la eutanasia: “nunca procuraré a nadie veneno mortal”.

Rechaza también el aborto: “Jamás procuraré a mujer alguna pesario abortivo”.

Según Juan Pablo II, este Juramento es por tanto una llamada al “deber de comprometerse en la defensa del respeto a la vida de cada ser humano desde la concepción hasta su ocaso natural”.

Igualdad de trato: “a cualquier casa que entrare acudiré para asistencia del enfermo, fuera de todo agravio intencionado o corrupción”.

Secreto profesional: “Lo que en el tratamiento, o incluso fuera de él, viere u oyere en relación con la vida de los hombres, aquello que jamás deba trascender, lo callaré teniéndolo por secreto”.

Ya aparece lo que posteriormente se ha llamado el principio de no-maleficencia, es decir, el “primum non nocere”: ”del daño y la injusticia le preservaré”.

Sin embargo, como dice José Ramón Amor Pan, el Juramento Hipocrático es “el documento fundamental de la ética médica occidental y el texto canónico del paternalismo médico”.

El paternalismo puede entenderse como “el hábito de tratar y gobernar a los demás como el padre trata y gobierna a sus hijos menores de edad” y aplicando dicho término a la medicina puede decirse, con Diego Gracia, que tradicionalmente el médico se ha visto a sí mismo como un pequeño patriarca que ejercía su dominio sobre sus pacientes y exigía de estos obediencia y sumisión.

En este sentido, resulta al menos curioso saber que el término “enfermo” viene del latín “in-firmus”, es decir, el que no está firme, por lo que hay que decidir por él, ya que él no tiene capacidad de decidir por sí mismo y sobre sí mismo; su misión es, por tanto, la de obedecer, razón por la cual es el “paciente”, o sea, el que sufre las acciones de los demás, o por lo menos, de otro.

Esta actitud paternalista duró muchos siglos e impregnó las relaciones médico-paciente e, incluso, los propios códigos deontológicos durante demasiado tiempo. Como dicen Beauchamp y Childress, “la ética médica gozó de un considerable grado de continuidad desde los días de Hipócrates hasta que sus sólidas tradiciones empezaron a ser sustituidas, o al menos suplementadas, a mediados del siglo XX”. Es decir, más de veinte siglos, nada menos.

Por otro lado, antes y después de Hipócrates han existido juramentos y códigos y, aunque sólo sea para tener un sucinto conocimiento de los mismos, sí merece la pena mencionar algunos.

Así, en el CÓDIGO DE HAMMURABI (alrededor de 1753 a. C.) se dice por ejemplo que “si un médico ha llevado a cabo una operación de importancia en un señor con una lanceta de bronce y ha curado a ese señor o (si) ha abierto la cuenca del ojo de un señor con la lanza de bronce y ha curado el ojo de ese señor, recibirá diez siclos de plata”. Ahora bien, si le mata o le destruye el ojo, al médico se le amputará la mano.

Si es practicada en un hijo de un subalterno, recibirá cinco siclos de plata. Si en un esclavo, su propietario dará al médico dos siclos de plata. Pero si le mata, entregará esclavo por esclavo.

En el ANTIGUO TESTAMENTO (alrededor del 200 a. C.), se puede leer, entre otras cosas: “Hijo, en la enfermedad no te impacientes; pero ruega a Dios, que Él te curará. Aléjate de la falta y de la parcialidad, y de todo pecado limpia el corazón. Ofrece el incienso y la oblación con el memorial, y haz sacrificios tan pingües como lo permita tu fortuna. Mas da también lugar al médico y no se aparte de ti, pues también él te es necesario”.

En el JURAMENTO DE ASAPH (alrededor del siglo VI d. C.) se aconseja a los médicos: “Tened cuidado de no matar a ningún hombre con la savia de una raíz; y no daréis poción alguna a mujer embarazada por adulterio para hacerla abortar (…); y no revelaréis secretos que os hayan sido confiados; (…) y no endureceréis vuestros corazones en contra de los pobres y los necesitados, sino que los sanaréis; y no llamaréis al bien mal ni al mal bien (…)”.

Toda la PLEGARIA DEL MÉDICO (entre 1165 y 1190) escrita por Maimónides es particularmente bella y, aunque sería demasiado reproducirla entera, al menos sí conocer algún contenido de la misma: “Dios Todopoderoso (…) no permitas que la sed de ganancias o que la ambición de gloria y admiración, hayan de interferir en la práctica de mi profesión, pues éstas son los enemigos de la verdad y del amor a la humanidad, y pueden descarriar el noble deber de atender al bienestar de Tus criaturas. (…) que esté siempre dispuesto con ánimo de ayudar y a sostener al rico y al pobre, al bueno y al malo, al enemigo como al amigo. Haz que en el que sufre, yo no vea más que al hombre (…)”.

Por último, y por no alargar (se podría hasta incluir los consejos de San Isidoro de Sevilla o de Arnau de Vilanova, las reflexiones de Francisco de Vitoria y la Ética Médica de Th. Percival), acabar con la famosa DECLARACIÓN DE GINEBRA (1948):

“En el momento de ser admitido como miembro de la profesión médica:

Prometo solemnemente consagrar mi vida al servicio de la humanidad.

Otorgar a mis maestros los respetos, gratitud y consideraciones que merecen.

Ejercer mi profesión dignamente y a conciencia.

Velar solícitamente y, ante todo, por la alud de mi paciente.

Guardar y respetar los secretos a mí confiados.

Mantener incólume, por todos los conceptos y medios a mi alcance, el honor y las nobles tradiciones de la profesión médica.

Considerar como hermanos a mis colegas.

Hacer caso omiso de credos políticos y religiosos, nacionalidades, razas y rangos sociales, evitando que estos se interpongan entre mis servicios profesionales y mi paciente.

Velar con sumo interés y respeto por la vida humana, desde el momento de la concepción, y aún bajo amenaza no emplear mis conocimientos para contravenir las leyes humanas”.

LOS CÓDIGOS DEONTOLÓGICOS ESPAÑOLES

codigoDe entrada, conviene preguntarse, ¿qué diferencias y/o relaciones existen entre la Deontología y la Bioética?

Pablo Simón Lorda lo resume con bastante claridad, pero, sobre todo, da la razón de por qué se incluyen aquí los Códigos Deontológicos.

En efecto, para dicho autor, “los médicos que en su práctica diaria se enfrentan a problemas clínicos, han sido dotados de una serie de conocimientos y habilidades durante su formación en la Facultad y en el Hospital, que les capacitan para resolver este tipo de problemas”, pero no para resolver otro tipo de problemas “que siempre van unidos a los clínicos, los problemas éticos” y “hasta ahora uno de los pocos instrumentos, mejor dicho el único, que los médicos de nuestro país han recibido para encarar los conflictos morales ha sido el de la Deontología Médica”.

De tal modo que, desde este punto de vista, históricamente, el instrumento ético con el que se contaba antes de la Bioética fue la Deontología Médica y Enfermera.

La Deontología Médica se centra básicamente en los deberes de los médicos y en el principio de beneficencia y, sobre todo, los Códigos clásicos adolecían de paternalismo, en el sentido más arriba explicado.

Son normas que los médicos se autoimponen, por lo que abre otro tipo de problemas: legalismo vs. corporativismo. Pero es bueno que los profesionales se autoimpongan normas de comportamiento, no se malinterprete, lo que ocurre es que no son suficientes para resolver todos los dilemas éticos que a diario se le presentan a los médicos: por ejemplo, una persona puede leer el Código Deontológico y no encontrar nada sobre la manera más correcta de asignar las limitadas camas de una UVI y decidir qué pacientes deben entrar en ellas y cuáles no…Esto ya es materia de la Bioética.

En esta se habla más bien de necesidades y derechos de los pacientes que de obligaciones de los médicos, y prima más el principio de autonomía y el consentimiento informado… Dirige su mirada más a las “Cartas de Derechos de los Pacientes” que al Juramento Hipocrático.

En la Deontología las cosas están más claras, pues todo está normatizado, regulado… En la Bioética, que utiliza la filosofía moral moderna y el casuismo, nada está claro y debe ser pensado, analizado, dialogado, consensuado, fundamentado…”Algo para lo que la Deontología Médica se nos ha quedado más bien pequeña”.

Lo que se ha dicho para la Medicina vale también para la Enfermería.

En todo caso, dejando a parte Cataluña, en España existen dos importantes Códigos Deontológicos Sanitarios que, evidentemente, no se van a incluir aquí y que pueden encontrarse en la red, pero al menos sí conocer su estructura.

EL CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA ENFERMERÍA ESPAÑOLA, de 14 de Julio de 1989, tiene la siguiente estructura:

1 Preámbulo.

1 Introducción.

1 Prólogo.

13 Capítulos: Ámbito de Aplicación; Deberes de las/os Enfermeras/os; Derechos de las/os Enfermeros; La Enfermera/o ante la sociedad; Promoción de la salud y bienestar social; La Enfermería y los disminuidos físicos, psíquicos e incapacitados; El personal de Enfermería y los derechos del niño; los derechos del anciano; El personal de Enfermería ante el derecho que toda persona tiene a la libertad, seguridad y a ser reconocidos, tratados y respetados como seres humanos; Normas comunes en el ejercicio de la profesión; Educación e Investigación; Condiciones de Trabajo y Participación en la planificación sanitaria.

6 Normas Adicionales.

Un total de 85 Artículos (84 Artículos y 1 Artículo Final).

Por su parte, EL CÓDIGO DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA MÉDICA, de 1999, tiene la siguiente estructura:

17 Capítulos: Definición y Ámbito de Aplicación; Principios Generales; Relaciones del Médico con sus pacientes; Secreto Profesional; Calidad de la atención médica; De la reproducción humana; de la muerte; Del trasplante de órganos; experimentación médica sobre la persona; De la tortura y vejación de la persona; Relaciones de los médicos entre sí y con los demás profesionales sanitarios; Relaciones con las Corporación Médica Colegial; El trabajo en las instituciones sanitarias; de la publicidad; de las publicaciones profesionales; de los honorarios; Médicos peritos y funcionarios.

1 Disposición Final.

Un  total de 41 Artículos.

En cuanto a su HISTORIA, solo destacar varias fechas clave.

En 1934, se publica el libro “Código de Deontología Médica” del Dr. Luis Alonso Muñoyerro, posteriormente Arzobispo de Sión y Vicario General Castrense. Texto de relevancia para la deontología médica de la primera mitad del franquismo.

En 1945, como apéndice al Reglamento de la OMC, se publican unas “Normas Deontológicas para los médicos españoles colegiados”. Es el esbozo del primer Código Deontológico de nuestro país.

En 1978, se aprueba la Constitución Española y, por su parte, la Asamblea de Presidentes y Consejeros de la OMC aprueba el Código Deontológico de los médicos españoles. Dicho Código, aunque reformado, es el vigente actualmente.

En 1979, el Colegio de Médicos de Barcelona elabora uno alternativo, insatisfechos por el paternalismo del anterior.

En 1985, un grupo de profesionales de Enfermería elaboran y presentan la primera propuesta de Código de Ética de Enfermería en nuestro país, con el asesoramiento del Instituto Borja.

En 1992, Gonzalo Herranz publica su “Comentario sobre el Código de Ética y Deontología Médica”.

I.1.2. DESDE EL CÓDIGO DE NÜREMBERG HASTA CHRISTIAN BARNARD

1947codigo de nuremberg

EL CÓDIGO DE NÜREMBERG

(DOCUMENTO)

La prueba de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad

Aplicando cualquier criterio reconocido de evaluación, el juicio muestra que se han cometido crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad tal como se alega en los puntos dos y tres de la querella. Desde el comienzo de la Segunda Guerra Mundial se realizaron, en Alemania y en los países ocupados, experimentos médicos criminales en gran escala sobre ciudadanos no alemanes, tanto prisioneros de guerra como civiles, incluidos judíos y personas “asociales”. Tales experimentos no fueron acciones aisladas o casuales de médicos o científicos que trabajaran aislados o por su propia responsabilidad, sino que fueron el resultado de una normativa y planeamiento coordinados al más alto nivel del gobierno, del ejército y del partido nazi, practicado como parte del esfuerzo de guerra total. Fueron ordenados, aprobados, permitidos o sancionados por personas que ocupaban cargos de autoridad, las cuales estaban obligadas, de acuerdo con los principios de la ley, a conocer esos hechos y a tomar las medidas necesarias para impedirlos y ponerles fin.

Experimentos médicos permisibles

Existen pruebas de gran peso que nos muestran que ciertos tipos de experimentos sobre seres humanos, cuando se mantienen dentro de límites razonablemente definidos, son conformes con la ética general de la profesión médica. Quienes practican la experimentación humana justifican su actitud en que esos experimentos proporcionan resultados que benefician a humanidad y que no pueden obtenerse por otros métodos o medios de estudio. Todos están de acuerdo, sin embargo, en que deben observarse ciertos principios básicos a fin de satisfacer los requisitos de la moral, la ética y el derecho:

1. El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial. Esto quiere decir que la persona afectada deberá tener capacidad legal para consentir; deberá estar en situación tal que pueda ejercer plena libertad de elección, sin impedimento alguno de fuerza, fraude, engaño, intimidación, promesa o cualquier otra forma de coacción o amenaza; y deberá tener información y conocimiento suficientes de los elementos del correspondiente experimento, de modo que pueda entender lo que decide. Este último elemento exige que, antes de aceptar una respuesta afirmativa por parte de un sujeto experimental, el investigador tiene que haberle dado a conocer la naturaleza, duración y propósito del experimento; los métodos y medios conforme a los que se llevará a cabo; los inconvenientes y riesgos que razonablemente pueden esperarse; y los efectos que para su salud o personalidad podrían derivarse de su participación en el experimento. El deber y la responsabilidad de evaluar la calidad del consentimiento corren de la cuenta de todos y cada uno de los individuos que inician o dirigen el experimento o que colaboran en él. Es un deber y una responsabilidad personal que no puede ser impunemente delegado en otro.

2. El experimento debería ser tal que prometiera dar resultados beneficiosos para el bienestar de la sociedad, y que no pudieran ser obtenidos por otros medios de estudio. No podrán ser de naturaleza caprichosa o innecesaria.

3. El experimento deberá diseñarse y basarse sobre los datos de la experimentación animal previa y sobre el conocimiento de la historia natural de la enfermedad y de otros problemas en estudio que puedan prometer resultados que justifiquen la realización del experimento.

4. El experimento deberá llevarse a cabo de modo que evite todo sufrimiento o daño físico o mental innecesario.

5. No se podrán realizar experimentos de los que haya razones a priori para creer que puedan producir la muerte o daños incapacitantes graves; excepto, quizás, en aquellos experimentos en los que los mismos experimentadores sirvan como sujetos.

6. El grado de riesgo que se corre nunca podrá exceder el determinado por la importancia humanitaria del problema que el experimento pretende resolver.

7. Deben tomarse las medidas apropiadas y se proporcionaran los dispositivos adecuados para proteger al sujeto de las posibilidades, aun de las más remotas, de lesión, incapacidad o muerte.

8. Los experimentos deberían ser realizados sólo por personas cualificadas científicamente. Deberá exigirse de los que dirigen o participan en el experimento el grado más alto de competencia y solicitud a lo largo de todas sus fases.

9. En el curso del experimento el sujeto será libre de hacer terminar el experimento, si considera que ha llegado a un estado físico o mental en que le parece imposible continuar en él.

10. En el curso del experimento el científico responsable debe estar dispuesto a ponerle fin en cualquier momento, si tiene razones para creer, en el ejercicio de su buena fe, de su habilidad comprobada y de su juicio clínico, que la continuación del experimento puede probablemente dar por resultado la lesión, la incapacidad o la muerte del sujeto experimental.

(Traducción: Gonzalo Herranz)

Estudiar y profundizar en la Historia de la Bioética es una tarea apasionante y muy pedagógica, que se puede enfocar desde distintos puntos de vista. Sin embargo, junto a avances de gran valor, visión de futuro y heroicidad, también se encuentran páginas de indudable terror inhumano, entre las que se encuentran los hechos históricos que dieron lugar a la elaboración del Código de Nüremberg.

juicio-de-nuremberg-1-728Trae su causa el nombre del Código en los famosos Juicios de Nüremberg que tuvieron lugar en esa ciudad en 1947, a raíz de las declaraciones de los supervivientes que fueron prisioneros en los campos de concentración alemanes de Dachau, Auschwitz, Buchenwald y Sachsenhausen.

Tales declaraciones narraban las investigaciones llevadas a cabo en seres humanos a cargo de, fundamentalmente, tres doctores: Horst Schumann, Karl Clauberg y Joseph Menguele (el famoso “ángel de la muerte”).

Sólo como ejemplo de las pruebas realizadas, pueden citarse el cambio de coloración de ojo, la congelación, la resistencia a la altitud y los métodos de esterilización masiva.

Irónicamente, los médicos nazis nunca fueron juzgados. Menguele, por ejemplo, escapó de Alemania y murió en 1979 en Brasil, de un ataque al corazón, mientras se bañaba en la playa.

En todo caso, como se puede comprobar en el Código arriba transcrito, éste regula unos diez principios básicos a fin de satisfacer la ética, la moral y el derecho para la investigación médica en seres humanos:

El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial, para lo cual, éste tiene que tener capacidad de darlo; con ausencia de coacción; y con comprensión de los riesgos y beneficios implícitos.

Resultados benéficos para la humanidad.

Evitación de sufrimiento o daño físico o mental innecesario.

Proporción favorable de riesgo a beneficio.

Los investigadores han de ser personas cualificadas.

Experimentación previa en animales.

Libertad del participante para retirarse en cualquier momento.

El investigador pondrá fin al experimento si cree fundadamente que puede dar lugar a lesión, incapacidad o muerte del sujeto experimental.

1957

AAS 49, 1957, de PÍO XII.

Según Pío XII, “si entre la narcosis y el acortamiento de la vida no existe nexo causal alguno directo, puesto por la voluntad de los interesados o por la naturaleza de las cosas (…) y, si por el contrario, la administración de narcóticos produjese por sí misma dos efectos distintos, por una parte, el alivio de los dolores y, por otra, la abreviación de la vida, entonces es lícita”.

Este es un documento al que no se le ha otorgado la relevancia y trascendencia que realmente tiene. Evidentemente condena la eutanasia (como no podía ser de otro modo) y subraya la dignidad de la vida humana, pero precisamente por ello, rechaza (cuando se da la situación que se tiene que dar) lo que posteriormente se llamará “encarnizamiento terapéutico” y, de alguna manera, anticipa lo que hoy se hace en los llamados cuidados paliativos. Más tarde se volverá ha hablar sobre esto.

STS DEL ESTADO DE CALIFORNIA EN EL CASO SALGO VS LELAND STANFORD, JR: CONSENTIMIENTO INFORMADO

En esta Sentencia del Tribunal Supremo de California aparece por vez primera el término “Consentimiento Informado”.

El caso consistía en un enfermo, Martin Salgo, con arteriosclerosis al que se le practicó una ortografía translumbar sin su consentimiento y sufrió una parálisis permanente, por lo que demandó a su médico por negligencia.

El Tribunal entendió que al médico le asistía el deber de revelar al paciente todo aquello que le hubiera permitido dar su consentimiento inteligente en el momento en que se le propuso la práctica de la ortografía.

Desde entonces comenzó a contemplarse la posibilidad de que el consentimiento informado fuera considerado como un derecho del paciente. Así, del campo jurídico pasó al campo de la ética médica.

En efecto, según la Sentencia citada, “(…) un médico viola su obligación hacia sus pacientes, y es por tanto responsable, si retiene cualquier hecho que se considere necesario para que el paciente realice un consentimiento adecuado al tratamiento que se propone”.

CONFERENCIA DE R. VAN POTTER EN LA UNIVERSIDAD DE DAKOTA DEL SURvan potter

La Universidad del Estado de Dakota del Sur invitó a su ex­-alumno R. Van Potter a dictar una conferencia con motivo del centenario de la Ley Morril sobre concesiones de tierras firmada por Abraham Lincoln, gracias a la cual se había fundado dicha universidad.

Potter era ya entonces conocido por sus investigaciones sobre el cáncer (veintidós años de experiencia contrastada con abundantes publicaciones), pero decidió optar por un tema más filosófico como objeto de su conferencia.

“Lo que me interesaba en ese entonces, rememoró Potter en uno de sus últimos trabajos, era el cuestionamiento del progreso y hacia dónde estaban llevando a la cultura occidental todos los avances materialistas propios de la ciencia y la tecnología. Expresé mis ideas de lo que, de acuerdo con mi punto de vista, se transformó en la misión de la Bioética: un intento por responder a la pregunta que encara la humanidad: ¿qué tipo de futuro tenemos por delante? y ¿tenemos alguna opción? … Todo comenzó en esa charla de 1962, en la que la misión consistía en examinar nuestras ideas competitivas sobre el progreso”.

De hecho, el título de esa charla fue ”Un puente hacia el futuro, el concepto de progreso humano”: solo el concepto científico filosófico de progreso, que pone énfasis en la sabiduría de gran alcance, es el único tipo de progreso que puede llevar a la supervivencia y realización del ser humano.

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BELDING SCREIBNER, EL COMITÉ DE SEATTLE Y SHANA ALEXANDER

Entre los días 23 y 24 de Septiembre de 1992, se realizó en la Universidad de Washington, Seattle, una reunión bajo el epígrafe “El nacimiento de la Bioética”. A ella estaban convocadas unas sesenta personas, de las cuales concurrieron cuarenta y dos, con el objeto de celebrar lo que para ellos era el trigésimo aniversario del nacimiento de esta disciplina, ocurrido cuando se publicó un artículo en la Revista “Life” el 3 de Noviembre de 1962 que contaba la historia de un Comité, establecido precisamente en Seattle, cuya misión fue seleccionar pacientes a quienes se pudiera ofrecer la hemodiálisis, tratamiento posibilitado por el Doctor Belding Screibner, al inventar la conexión y la cánula arteriovenosa. De facto, fue el primer centro de diálisis.

Muchas personas requerían el tratamiento y no todas podían ser atendidas. La solución fue encomendar la selección a un grupo de personas, preferentemente no médicos, quienes juzgarían sobre la base de antecedentes distintos de los clínicos.

El Comité hizo lo que pudo, pero parece que, en su discernimiento, no llegó a una sistematización o jerarquización de prioridades. La pluralidad de puntos de vista hizo la tarea difícil, además de que en el Comité no había personas entrenadas en el análisis ético. La vida del Comité fue breve, dado que el Gobierno Federal subvencionó los gastos del tratamiento de todos los enfermos con necesidad de diálisis, creando las facilidades oportunas.

La periodista que escribió el artículo, Shana Alexander, diría que la historia constituyó una de las más fascinantes de su carrera. Al artículo le puso por título  “They decide who lives, who dies”.

Albert J. Jonsen, profesor por entonces de la Universidad de Washington, Seattle, fue quien convocó a esas personas a la reunión de 1992. Opinaba que ese Estado podría reclamar el derecho a ser la cuna o el origen de la Bioética.

Sin duda es algo exagerado, puesto que, de entrada, en 1962 ni siquiera se había inventado el término “Bioética”.

Ahora bien, el artículo de “Life” puede considerarse un hito importante, ya que, en opinión de Fernando Lolas Stepke, describe la constitución de un Comité anónimo de no-Médicos que toma decisiones cruciales respecto a la vida, la muerte y el destino de las personas (decisiones tradicionalmente ligadas a la profesión). Demuestra, además, la importancia de una innovación técnica –la cánula arteriovenosa- para el desarrollo de una consideración moral. Y, finalmente, muestra el interés público que despierta la tecnología médica que tiene por finalidad salvar vidas humanas.

1964helsinki

LA DECLARACIÓN DE HELSINKI

Mediante este importante documento, la Asociación Médica Mundial establece unos principios éticos para las investigaciones médicas en seres humanos. Es adoptada por la 18ª Asamblea Médica Mundial, reunida en Helsinki (Finlandia), siendo la 5ª y última revisión de Octubre de 2000.

Consta de 32 principios. El número 29, que hace referencia a los ensayos clínicos controlados con placebo, es motivo de controversia, razón por la cual se apostilló una “Nota de clarificación” en la que “la AMM reafirma que se debe tener muchísimo cuidado al utilizar ensayos con placebo”, empleándose esta metodología si se cumplen determinadas condiciones.

Está dividida en cuatro partes:

Introducción: propuesta de principios éticos que sirvan para orientar a los médicos y a otras personas que realizan investigaciones en seres humanos; deber del médico de promover y velar por la salud de las personas; investigación siempre llevada a cabo por personas científicamente cualificadas, que son las responsables del individuo sujeto a investigación: primacía por el bienestar de los seres humanos (por encima de la ciencia y de la sociedad); ningún requisito ético, legal o jurídico debe disminuir la protección sobre los seres humanos.

Principios básicos para toda investigación médica: deber de protección de la vida, la intimidad y la dignidad del ser humano; cuidado del medio ambiente; proyecto, método o procedimiento experimental siempre protocolizado; todo experimento debe ser precedido por un cuidadoso cálculo de riesgos y beneficios, cálculo que ha de haber sido evaluado con seguridad; justificación de la investigación: la población se beneficiará de sus resultados; los individuos deben ser participantes voluntarios e informados; protección de la integridad, intimidad e información

Principios aplicables cuando la investigación médica se combina con la atención médica: durante y después de la investigación, los sujetos han de contar con los mejores métodos preventivos, diagnósticos y terapéuticos disponibles; sino hay disponibles, cualquier procedimiento nuevo debe de contar con el consentimiento informado del paciente.

Nota de clarificación del párrafo 29 de la Declaración de Helsinki: ya comentada.

Ahora bien, lo que conviene preguntarse es ¿por qué se dicta esta Declaración cuando ya existía el Código de Nüremberg?.

Existen dos tipos de razones, por un lado, actualizar el Código de Nüremberg y, por otro lado (como bien apunta Pablo Simón Lorda), la catástrofe producida por el medicamento llamado contergan o talidomida, que produjo graves malformaciones congénitas e incluso muertes, a causa de una pobre, rápida y poco controlada investigación del medicamento antes de comercializarlo.

1966

HENRY BEECHER: “ETHICS AND CLINICAL RESEARCH”

Henry K. Beecher, profesor de anestesia en la Escuela de Medicina de Harvard, publica en la revista New England Journal of Medicine un decisivo artículo (ver AQUÍ), que lleva por título el arriba indicado, donde declaraba no éticos “doce de cien artículos consecutivos publicados en 1964 en una excelente revista médica”. Este artículo tuvo una gran repercusión porque, como dice Fernando Lolas Stepke, de alguna manera ponía al descubierto que el país que había creado el Código de Nüremberg, se encontraba en una situación médica de equívoco “servicio a la humanidad”.

Desató una crisis en aquel país sobre esta cuestión, considerándose necesario crear entornos de reflexión acerca de la expansión que está sufriendo la investigación y tecnificación médicas.

JOSEPH FLETCHER: “SITUATION ETHICS: THE NEW MORALITY”

La importancia que tuvo este libro en el momento de publicarse fue que, por primera vez, un teólogo protestante escoge un sistema de análisis ético “de carácter civil”, exento de reflexión teológica.

Le llamó “ética de la situación o situacionismo”, la cual, resumiendo, viene a decir que para que una acción sea hecha verdaderamente con amor, debe ser juzgada según si contribuye o no al mayor bien para la mayor cantidad de gente.

Fletcher ha publicado muchos artículos, pero hay dos muy conocidos en Bioética, que son: “Indicators of Humanhood: A tentative profile of man”, en Hastings Center Report 2 (5), 1972 y “Four indicators of Humanhood: the inquiri naturales”, en Hastings Center Report 4 (6), 1974: sobre criterios que indican cuándo se tiene vida humana y cuándo no.

1967Christiaan_Barnard_(1968)

CHRISTIAN BARNARD REALIZA EL PRIMER TRASPLANTE DE CORAZÓN

El Dr. Christian Neethling Barnard (8 Noviembre 1922 – 2 Septiembre 2001) realizó el primer trasplante de corazón en el Hospital Groote Schurr de Ciudad de El cabo (Sudáfrica). Era el Domingo, 3 de Diciembre de 1967, a las 5 horas y 52 minutos de la mañana. La operación duró 4 horas y 3 cuartos.

El paciente receptor a quien se le practicó la operación de trasplante fue Louis Washkansky, un comerciante de ultramarinos de 54 años, llegado prácticamente al término de su vida. El corazón trasplantado provenía de una mujer de 25 años, Denise Anne Darvall, mortalmente herida en un accidente de circulación unas horas antes.

El padre de Denise, Edwuard Darvall, dio su consentimiento no sólo para el trasplante del corazón de su hija, sino también para el trasplante de los riñones con la finalidad de que fueran aprovechados para un muchacho, Jonathan Van Vyk. Es el primer ejemplo conocido de una extracción de dos órganos independientes.

A pesar de que el paciente murió 18 días después, de neumonía doble, la operación se consideró un éxito. La autopsia, realizada por el Dr. J. C. Thompson, dio como conclusión que la muerte no fue debida a un fenómeno de rechazo.

Este hecho, importante para la historia de la medicina (se habían realizado trasplantes de riñón pero nunca de corazón), también lo es para la historia de la Bioética, puesto que el trasplante del corazón (además de las connotaciones sentimentales que tiene) exige la muerte del donante, lo cual provoca una serie de cuestiones que van desde conocer la intención del muerto de donar su órgano hasta saber el estatuto jurídico del “cadáver viviente” que hay que mantener en buen estado hasta concretar la operación.

Por lo demás, un dato curioso es que Barnard, en algún momento de su vida, declaró estar a favor del suicidio (“un derecho fundamental de cualquier persona en condiciones de evaluar con claridad su situación”, dijo) y la eutanasia, a la que defendió en su libro “A buena vida, buena muerte”.

1968

MUERTE CEREBRAL

En 1968, el Comité de la Facultad de Medicina de Harvard, dirigido precisamente por Henry Boecher, y constituido por diez médicos, un abogado, un teólogo y un historiador, formula el primer criterio para la determinación de la muerte basado en un total y permanente daño cerebral, acuñándose el concepto de “muerte cerebral”.

El 5 de Agosto de ese mismo año este Comité publicó, en la prestigiosa revista JAMA, su conclusión de que la muerte cerebral (o coma irreversible) debe ser utilizada como sinónimo de muerte.

Los requerimientos y pruebas que demostraran la detención en las funciones del cerebro fueron establecidas taxativamente en el mismo informe publicado:

coma: ausencia completa de conciencia, motilidad y sensibilidad.

Apnea: ausencia de respiración espontánea.

Ausencia de reflejos que involucren pares craneanos y tronco cerebral.

Trazado electroencefalográfico plano  isoeléctrico.

Cumplidas estas condiciones durante un tiempo estipulado y previo descarte de la existencia de hipotermia o intoxicación por drogas depresoras del sistema nervioso, debía diagnosticarse la muerte, ahora cerebral, y suspenderse todo soporte asistencial.

Aducían dos causas centrales de la propuesta:

La carga o el peso (burden) que los pacientes con coma irreversible significan para el propio paciente y/o para otros (familia, hospitales, falta de camas para pacientes recuperables)

La controversia existente por no saber claramente cuándo era razonable efectuar la ablación de órganos para trasplantes (ver AQUÍ).

Añadían dos comentarios al trabajo original:

La preocupación por la inexistencia de una norma legal que, para protección de los médicos, declarara a la persona muerta antes de la retirada del respirador.

La explícita mención, apoyada en la única cita bibliográfica del trabajo, de que la Iglesia Católica, a través del Papa Pío XII, ya en 1958 había declarado que la prolongación de la vida por métodos extraordinarios en este tipo de pacientes críticos y la verificación del momento de la muerte eran de incumbencia estrictamente médica.

II. DESDE POTTER HASTA LA ACTUALIDAD

¿POR QUÉ NACE LA BIOÉTICA?

De alguna manera ya se ha contestado cuando se ha tratado de la Deontología Médica y Enfermera, puesto que la pregunta viene a ser la misma, formulada por Francisco J. Alarcos: ¿por qué nace la Bioética, si ya contábamos con disciplinas como la Ética, la Moral o la Deontología?.

El nacimiento responde, según Diego Gracia, a determinados cambios importantes operados en el campo de la medicina:

Un factor que ha desencadenado una multitud de problemas y conflictos éticos ha sido el enorme progreso de la tecnología sanitaria en los últimos cuarenta años.

El cambio en la relación médico – paciente (de la ética paternalista al respeto por la autonomía del paciente) y en la relación médico – enfermera (de sumisión y abnegación a respeto por la autonomía, funciones y capacidad e independencia moral de cada profesional).

Hay más necesidades sanitarias que recursos (sobre todo económicos) para atenderlas. Esto plantea algunas cuestiones éticas y de justicia: ¿cómo se distribuyen esos recursos?, ¿con qué criterios?

Por su parte, Pablo Simón Lorda añade que es lógico que aparezca en los años setenta puesto que son los años de reivindicación de derechos por parte de las minorías, entre las que se encuentran los pacientes.

II.1. DÉCADA DE LOS SETENTA

1970

ARTÍCULO “BIOETHICS, SCIENCE OF SURVIVAL, DE R. VAN POTTER

En este Artículo, publicado en la Revista “Perspectives in Biology and Medicine”, Potter (que murió el 6 de Septiembre de 2001) crea por primera vez el término Bioética, de hecho se le conoce como “el padre de la Bioética”, entendiéndola como una nueva disciplina que ha de forjar la unión entre la ciencia y las humanidades o, mejor, un puente entre las ciencias biológicas y la ética. Para él, la supervivencia de la especie humana requiere del desarrollo y mantenimiento de un sistema ético compartido por todos.

PAUL RAMSEY: “THE PATIENT AS PERSON”

La importancia de este libro radica en que impulsó expresamente los derechos de los pacientes desde un enfoque que hasta ese momento no se había presentado.

1971

“BIOETHICS, BRIDGE TO THE FUTURE”, DE R. VAN POTTER

En este libro, Potter desarrolla su idea original, en el sentido de que el puente que también ha de construirse es un puente hacia el futuro. Hay que preservar a la Humanidad de su propia destrucción por el incremento de población y el exceso de consumo de recursos no renovables y el consiguiente deterioro medioambiental.

Así, dirá que “es urgente para la supervivencia del ser humano y para implementar la calidad de vida una nueva visión que proporcione el conocimiento acerca de cómo usar el conocimiento (…). Un instinto de supervivencia no es suficiente. Nosotros necesitamos desarrollar la ciencia de la supervivencia, y esta debe comenzar con una nueva clase de ética: la bioética. La nueva ética podría denominarse ética interdisciplinar, definiendo interdisciplinariedad de manera que incluya las ciencias y las humanidades”.

La Bioética nace, pues, como medio de garantizar el futuro del mundo, razón por la cual incluye un “credo bioético personal”.

“Acto de fe: Acepto la necesidad de una acción inmediata que remedie un mundo en crisis. Compromiso: Me comprometo a trabajar con otros para mejorar la formulación de mis creencias, desarrollar otros credos adicionales y unirme a un movimiento mundial que haga posibles la supervivencia y un desarrollo más provechoso de la humanidad en armonía con el medio ambiente natural.

Acto de fe: Acepto que la supervivencia y el desarrollo futuros de la humanidad, tanto a nivel cultural como biológico, están fuertemente condicionados por las actividades y programas actuales del hombre. Compromiso: Procuraré vivir mi propia vida, e influir en la de los demás, de manera que promueva el desarrollo de un mundo mejor para las futuras generaciones de la humanidad, y procuraré evitar las acciones que pongan en peligro su futuro.

Acto de fe: Acepto el carácter único de cada individuo y su instintiva necesidad de contribuir al establecimiento de una sociedad mejor de una forma que sea compatible con las necesidades a largo plazo de la sociedad. Compromiso: Procuraré escuchar los puntos de vista razonados de otros, sean ellos mayoría o minoría; y reconoceré el papel del compromiso emocional para producir acciones eficaces.

Acto de fe: Acepto el carácter inevitable de ciertos sufrimientos humanos que resultan forzosamente del desorden natural en los seres vivos y en el mundo físico, pero no acepto pasivamente el sufrimiento que provenga del comportamiento inhumano del hombre hacia el hombre. Compromiso: Procuraré hacer frente a mis propios problemas con dignidad y coraje, ayudar a mis semejantes cuando se sientan afligidos y trabajaré con el objetivo de eliminar el sufrimiento inútil que padece el conjunto de la humanidad.

Acto de fe: Acepto el carácter definitivo de la muerte, como parte necesaria de la vida. Afirmo mi veneración por la vida, mi creencia en la fraternidad de todos los hombres y mi creencia en que tengo una obligación hacia las futuras generaciones humanas. Compromiso: Procuraré vivir de manera beneficiosa para la vida de mis semejantes presentes y futuros y ser recordado favorablemente por aquellos que me sobrevivan”.

hasting centreD. CALLAHAN Y W. GAYLIN FUNDAN “THE HASTINGS CENTER”

En Junio de 1971, este filósofo y este psiquiatra fundan el Institute of Society, Ethics and Life Science, conocido como “The Hastings Center”, pues está ubicado en un pequeño pueblo llamado Hastings-on-Hudson.

En este Centro se publica bimensualmente la célebre y prestigiosa revista especializada en Bioética “The Hastings Center Report”, probablemente la más importante y conocida.

ANDRÉ HELLEGERS FUNDA EL PRIMER INSTITUTO UNIVERSITARIO DE BIOÉTICA

Si Potter fue quien creó la palabra bioética y lo hizo desde un enfoque medioambiental y evolutivo, Hellegers, especialista en obstetricia, fue el primero en usarla de una forma institucional, aplicándola a la ética médica y a la investigación biomédica.

El nombre que recibió el Instituto fue “The Joseph and Rose Kennedy Institute for the Study of Human Reproduction and Bioethics”.

Es, por tanto, el primer Centro dedicado expresamente al estudio e investigación de la Bioética como disciplina independiente, con profesionales y especialistas en la materia, inaugurado oficialmente el 1 de Octubre de 1971 gracias a la aportación económica del matrimonio Kennedy (de ahí el nombre del Instituto) y ubicado en la Universidad de Georgetown (Washington, D. C.).

1972

STS CASO CANTERBURY VS SPENCE: CONSENTIMIENTO INFORMADO

Jerry Canterbury era un mecanógrafo que quedó paralítico y con incontinencia urinaria total a raíz de una intervención quirúrgica consistente en la extirpación de un tumor localizado en la médula espinal.

El Tribunal fundamentó su Sentencia en el sentido de que la decisión sobre intervenir o no quirúrgicamente dependía de lo que una persona razonable pudiera entender, por lo que el médico debe informar sobre aquello que una persona razonable y prudente quiere conocer para tomar una decisión sobre su tratamiento.

La decisión es, pues, más un asunto del enfermo que del médico.

1973

PRIMERA CARTA DE DERECHOS DE LOS PACIENTES

En este año, la Asociación Americana de Hospitales promulgó la primera Carta de Derechos del Paciente. Por primera vez, un documento recoge de manera explícita el principio de autonomía, el derecho del enfermo a saber acerca de su enfermedad y a decidir respecto a los posibles tratamientos.

Con ella, el concepto de paciente adulto y autónomo irrumpe de manera definitiva en el campo de la toma de decisiones médicas.

Influyó en los textos legales posteriores sobre derechos de los pacientes dentro y fuera de Estados Unidos.

STS: CASO ROE VS. WADE

Esta Sentencia declaró legal el aborto en Estados Unidos, dando lugar a una gran polémica entre partidarios y detractores.

1974

NATIONAL RESEARCH ACT

El 12 de Julio de 1974, el entonces Presidente de Estados Unidos firmó un proyecto de ley llamado “National Commission for the Protection of Human Subjects of Biomedical and Behavioral Research”, conocido como “National Research Act”.

La creación de la Comisión tuvo su razón de ser por haber salido a la luz pública, dos años antes en una portada del New York Times, los abusos que se habían cometido desde los años treinta a un grupo de personas de color y con poco nivel económico, abusos consistentes en la investigación y seguimiento de la evolución de la sífilis en humanos sin darles tratamiento alguno, ni siquiera cuando en 1941 se descubrió la penicilina. Tales sucesos tuvieron

lugar en un pueblo del sur de los Estados Unidos, llamado Tuskegee, en el Condado de Macon (Alabama).

También salió a la luz pública un estudio que se estaba efectuando en la Escuela Estatal de Willowbrook (situada en Staten Island, New York), donde se infectaba artificialmente a niños deficientes con destilados de heces para investigar la hepatitis.

A la Comisión se le encomendó revisar la normativa del Gobierno Federal a propósito de la investigación científica con el fin de proteger los derechos y el bienestar de los sujetos humanos, la identificación de posibles abusos, la formulación de principios generales que pudiesen guiar la investigación futura en biomedicina en las ciencias de la conducta, definió la existencia obligatoria de un Ethical Advisory Board (el primer Comité de Ética formulado legalmente), sentando las bases para la publicación, cuatro años más tarde, del Informe Belmont.

PRIMER CEA EN ESPAÑA

En el Hospital San Juan de Dios de Barcelona, el doctor Luis Campos Navarro crea el Comité de Orientación Familiar y Terapéutica, que será origen del Comité de Ética Asistencial actual.

1975

ARTÍCULO PUBLICADO POR KAREN TEEL

En el invierno de 1975, la revista “Baylor Law Review” publicó, entre las páginas 6 y 9 de su número 27, un artículo escrito por la pediatra Karen Teel.

Pocos meses después, en su Sentencia de 31 de Marzo de 1976, el Juez Richard Hughes, del Tribunal Supremo de New Jersey, tenía que decidir sobre la petición de suspender la respiración artificial de una chica en coma profundo, haciéndolo en el sentido de que solicitó que se consultase al Comité de Ética del Hospital en el que se encontraba internada.

Hughes apelaba, entre los Fundamentos de su Sentencia, al mencionado artículo de Teel, que proponía un Comité de Ética integrado por médicos, trabajadores sociales, abogados y teólogos como instrumento de diálogo para la evaluación de diferentes opciones terapéuticas para un determinado paciente.

1976

DOCTOR DAVID ROY

El Dr. David Roy fundó en 1976 el “Centre de Bioéthique” en el Institut de Researches Cliniques de Montreal, Canadá. Publica también “Les Cahiers de Bioéthique” y desde 1985 dirige la revista “Journal of Palliative Care”.

HOWARD BRODY.

En ese mismo año, Howard Brody publica “Ethical Decisions in Medicine”, donde propone un procedimiento de toma de decisiones en ética clínica, inspirado en la teoría de la decisión racional.

CASO KAREN ANN QUINLAN

Esta joven de 21 años es, precisamente, la chica que se menciona en el apartado dedicado a Karen Teel, al hablar de la Sentencia del Juez Hughes.

Se encontraba en estado de coma tras sobredosis de alcohol y barbitúricos. Sus padres adoptivos, católicos, solicitaron la desconexión de la ventilación asistida.

El Juez autorizaría la petición si tras la formación de un Comité de Ética del Hospital se confirmaba el diagnóstico de irreversibilidad respecto al estado cognitivo de Karen, como de hecho así lo hicieron. Se desconectó el respirador y Karen respiró espontáneamente hasta su muerte en 1985.

La Sentencia propuso la creación de Comités en los Hospitales para manejar casos similares.

1978

EL INFORME BELMONT

El “Belmont Report” es el resultado de los cuatro años de trabajo realizados por la Comisión creada por la “National Research Act”.

Su estructura y contenido es el siguiente::

Introducción: Explica que los Códigos éticos (entre los que menciona el de Nüremberg) son insuficientes para ser adoptados en investigación, dado que tienen dificultades para su interpretación y aplicación práctica (la realidad, el caso concreto, es más compleja que lo que dice un Código), razón por la cual “se hace necesario establecer unos principios éticos amplios que ayuden a interpretar y aplicar ciertas reglas específicas”. Los tres principios no son numerus clausus, sino apertus, siendo su objetivo “proveer un marco analítico para resolver problemas éticos que se originen en la investigación con sujetos humanos”.

A. Límites entre práctica e investigación: Entiende por práctica “intervenciones cuyo fin es acrecentar el bienestar del paciente, es decir, ofrecer un diagnóstico, un tratamiento preventivo o una terapia a individuo/s concreto/s”. El problema ocurre cuando el médico, por desear innovar, se atreve a hacerlo demasiado, pudiendo escapársele la situación de las manos. Esa innovación no es investigación: no está, por tanto, protocolizada y, en estos casos, “los comités de práctica médica tienen la responsabilidad de insistir en que una innovación de importancia sea incorporada en un proyecto formal de investigación” con la finalidad de proteger a los sujetos humanos.

B. Principios éticos básicos: Los define como “criterios generales que sirven como base para justificar muchos de los preceptos éticos y valoraciones particulares de las acciones humanas”. Son principios marco, en el sentido de que por debajo de estos principios no hay ética. Son los siguientes:

RESPETO A LAS PERSONAS: Incluye dos concreciones éticas: que todos los individuos sean tratados como agentes autónomos, es decir, capaces de deliberar sobre sus fines personales y obrar bajo la dirección de estos, por lo que hay que respetar esa autonomía y no poner obstáculos a la misma, salvo que los criterios por los que se rija sean perjudiciales para los demás; la otra concreción ética es que todas las personas cuya autonomía esté disminuida, tienen derecho a protección. Por último, este principio exige, en el caso de investigación con seres humanos, voluntariedad e información.

BENEFICENCIA: Se entiende por tal “aquellos actos de bondad y caridad que van más allá de la obligación estricta”. Este principio tiene dos reglas complementarias: por un lado, no causar ningún daño y, por otro lado, maximizar los beneficios y disminuir los posibles daños.

JUSTICIA: Para explicar este principio, el Informe comienza por una serie de preguntas: ¿quién debe ser el beneficiario de la investigación y quién debería sufrir sus cargas?. Este es un problema de justicia, entendida como “equidad en la distribución” o “lo que es merecido”. Se debe impedir, en todo caso, que la investigación sólo sirva para aquellos que pueden pagar el medicamento en cuestión. Por otro lado, existen varias formulaciones ampliamente aceptadas sobre la justa distribución de cargas y beneficios:

A cada persona una parte igual.

A cada persona según su necesidad individual.

A cada persona según su propio esfuerzo.

A cada persona según su contribución a la sociedad.

A cada persona según su mérito.

C. Aplicaciones: Cada principio tiene una aplicación concreta:

CONSENTIMIENTO INFORMADO (Respeto a las personas): Tiene tres elementos: Información, Comprensión y Voluntariedad.

VALORACIÓN DE RIESGOS Y BENEFICIOS (Beneficencia): Hay que utilizar la expresión “riesgo” o incluso el adverbio que se le quiera poner (“gran, pequeño”…), de tal manera que sea claramente comprendido por el/los destinatario/s, porque expresa probabilidades. Es decir, impedir las ambigüedades. Beneficio es algo con un valor positivo para la salud o para el bienestar. Así pues, esa “valoración riesgos/beneficios” se refiere a las probabilidades y a la magnitud de daños posibles y a los beneficios anticipados.

SELECCIÓN DE SUJETOS (Justicia): Que los procedimientos para la selección de los sujetos tengan una base moral para que sean justos, dado que caer en la injusticia es fácil por cuestiones raciales, sexuales, económicas, etcétera.

TOM L. BEAUCHAMPS Y JAMES F. CHILDRESS PUBLICAN EL LIBRO “PRINCIPIOS DE ÉTICA BIOMÉDICA”

Este importantísimo y célebre libro de Beauchamps y Childress, cuya edición traducida al español, con prólogo de Diego Gracia, es de 1998 gracias a la editorial Masson, se encuentra dividido en ocho capítulos y un apéndice:

Moralidad y justificación moral.

Tipos de teoría ética.

El respeto a la autonomía.

No maleficencia.

Beneficencia.

Justicia.

Relaciones profesionales entre el sanitario y el paciente.

Virtudes e ideales en la vida profesional.

Apéndice. Casos de ética biomédica.

Ambos autores fueron miembros de la Comisión que elaboró el Informe Belmont y tuvieron el acierto de escribir y publicar este libro que ha sido la guía para enfocar los problemas bioéticos durante años. Son los iniciadores de lo que se ha venido en llamar Bioética Principalista.

Evidentemente, se basaron en el Informe Belmont, ampliándolo (añaden el principio de no-maleficencia como principio independiente, no integrado en el de beneficencia) y profundizando más (el principio de respeto por las personas lo enuncian como principio de autonomía, por ejemplo), no limitándose exclusivamente al ámbito de la investigación, sino a toda la actividad biomédica (de ahí los capítulos 7 y 8). También se basaron en la teoría ética de David Ross, quien distingue dos niveles en el razonamiento moral:

Un primer nivel o unos primeros principios a los que llama deberes prima facie o deberes primarios, que se nos imponen a todos. Por ejemplo, “todos sentimos el deber primario de gratitud cuando alguien nos ha beneficiado”. No son deberes subjetivos, sino que de algún modo son intersubjetivos.

Un segundo nivel es el de los actual duties, es decir, de los deberes reales y efectivos. Un deber real y efectivo es aquel que nos obliga en un cierto momento, cuando entran en conflicto varios deberes prima facie. Cuando no entran en conflicto, los deberes prima facie son moralmente obligatorios, pero cuando entran en conflicto, entonces hay que jerarquizar los principios, ver cuál tiene prioridad y decidir el que se convierte en actual duty, en un deber real, porque ha tenido más importancia.

Pues bien, Beauchamp y Childress establecen cuatro principios prima facie, asumidos por todos en el mundo de la bioética (y casi en cualquier otro ámbito). Estos cuatro principios son:

PRINCIPIO DE NO-MALEFICENCIA: Yo no puedo hacer mal a otro.

PRINCIPIO DE BENEFICENCIA: Tengo que ayudar en ciertas circunstancias, sobre todo si me lo piden.

PRINCIPIO DE AUTONOMÍA: Hay que respetar la libertad, la conciencia de las personas, sus creencias particulares.

PRINCIPIO DE JUSTICIA: Hay que tratar a todos por igual, con equidad, siendo injusta o inmoral toda discriminación.

La cuestión es, pues, qué principio escoger como más importante cuando entran en conflicto entre ellos.

“ENCICLOPEDIA DE BIOÉTICA” DIRIGIDA POR W. T. REICH

En este año de 1978 se publica la «Encyclopedia of Bioethics», un trabajo realizado por los bioeticistas más importantes de ese momento y que contiene 4 volúmenes, el cual fue coordinado y dirigido por Warren Thomas Reich, del Kennedy Institute, que fue el promotor. Consiste en una recopilación del estado de la cuestión en torno a los problemas bioéticos fundamentales.

En la Enciclopedia se define la Bioética como «el estudio sistemático de la conducta humana en el área de las ciencias de la vida y del cuidado sanitario, en cuanto que tal conducta se examina a la luz de los valores y de los principios morales».

EL PRIMER BEBÉ PROBETA

En este año, también ocurre otro acontecimiento clave: el nacimiento del primer bebé probeta en Stockport, cerca de Manchester (Gran Bretaña). Una niña a quien pusieron por nombre Louise Joy Brown. A partir de aquí entra en juego toda la problemática de la reproducción asistida.

1979

LIBRO  “BIOETHICS, A TEXTBOOK OF ISSUES”, DE G. KIEFFER

Dado que el camino por el que estaba yendo la Bioética se estaba ya separando del enfoque que le había dado Potter, George Kieffer, de la Universidad de Illinois, escribió y publicó este libro de texto cuyo objetivo era la revalorización del aporte del “padre de la Bioética”, adoptando el término en concordancia con la visión potteriana: “…las decisiones éticas son normalmente conclusiones para guiar acciones futuras en términos de consecuencias futuras…ninguna ética previa tuvo en consideración la condición global de la vida humana, mucho menos del destino de toda la especie humana”. “La crisis ambiental es una amplificación del fallo de la humanidad para verse a sí misma como parte integral del ecosistema global!”.

En España se tradujo el título como “Bioética”, publicándose en 1983 por la Editorial Alhambra de Madrid.

II.2. DÉCADA DE LOS OCHENTA

1980

“DOCUMENTO SOBRE LA EUTANASIA”.

El 5 de Mayo de 1980, la Congregación para la Doctrina de la Fe criticó severa y acertadamente la eutanasia como derecho del ser humano. Los puntos sobre los que se apoya son los siguientes:

Subraya el valor cristiano del dolor, pero sin imponer como norma general un comportamiento heroico determinado.

Condena el encarnizamiento terapéutico.

Acepta el derecho a morir con toda serenidad, con dignidad humana y cristiana.

Supera la terminología de medios ordinarios y extraordinarios y utiliza la de medios proporcionados y desproporcionados. Esto significa no centrarse en las características de las terapias médicas usadas, sino tener también muy en cuenta el conjunto de circunstancias que rodean al propio enfermo y su proceso de muerte; significa, en suma, que para una correcta valoración moral hay que saber conjugar el principalismo con el consecuencialismo.

El no recurrir a una terapia desproporcionada o arriesgada no equivale al suicidio.

1982-1983

BABY DOE

En 1982 nacía en Bloomington (Indiana) un niño con el Síndrome de Down. Un caso más de mongolismo, pero esta vez agravado por un problema severo, aunque no irresoluble, en el aparato digestivo (atresia esofágica). Sin embargo, ante esta situación, los padres deciden que su hijo no sea intervenido quirúrgicamente, lo cual equivalía a dejarle morir.

El Hospital donde nació el niño denunció a los padres. El Tribunal reconoció el derecho de estos a decidir no intervenir a su hijo. Mientras tanto, algunos matrimonios pidieron la custodia del niño. La sentencia fue recurrida pero el niño muere ese mismo día.

En 1983 nace una niña con una espina bífida y mielomenigocele. Los padres piden no operarla inmediatamente y un abogado denuncia para forzar la intervención del mielomeningocele.

Los Jueces fallan de nuevo a favor de los padres, que aceptaron la colocación de una válvula para reducir la hidrocefalia. A los seis meses de edad la niña fue dada de alta.

Ante la polémica desencadenada por ambos casos (llamados popularmente Baby Doe 1 y 2), el Departamento de Salud y Servicios Humanos saca a la luz una regulación referente a estos problemas, llamada “Baby Doe Protection Law”, en donde se afirma, entre otras cosas, que es inadmisible (en otra ley posterior se condenará expresamente) negar alimentos o tratamiento médico a un niño deficiente por razón de su deficiencia. Por otro lado, no impuso la creación de Comités de Ética en Neonatología (“Infant Care Committes”), pero condicionó a su existencia el recibimiento de subvenciones federales por parte del Gobierno, lo que provocó que en 1986, la cifra de Hospitales con CEA alcanzara el 60 %. Actualmente lo poseen la mayoría de ellos.

Los casos fueron tan impactantes socialmente, que se creó la “Baby Doe Hotline”, línea telefónica destinada a recibir denuncias de casos similares.

En ese mismo año, se publica el Informe “Deciding to forego Life-Sustaining”, que recomienda la creación de Comités en los Hospitales para tomar decisiones éticas en caso de pacientes incapaces, inconscientes o recién nacidos gravemente enfermos. Este Informe lo desarrolla una Comisión que fue creada por el Presidente Jimmy Carter en 1980 y que se denominó “Comisión para el estudio de los problemas éticos en Medicina e Investigación”.

1984

EL INFORME WARNOCK (GRAN BRETAÑA)

Mary Warnock presidió la “Comisión de Investigación sobre Fecundación y Embriología Humana” en cuyo Informe se basó la ley británica sobre reproducción asistida.

En Bioética se conoce a Warnock como responsable, entre otras cosas, del término jurídico – no biológico ni médico- de “pre-embrión”, que ha servido a los legisladores de varios países para permitir la reproducción asistida por el método de fecundación in vitro y transferencia de embriones, que conlleva la creación, manipulación y destrucción de embriones humanos, hasta el día 14 de la fecundación.

CARTA APOSTÓLICA “SALVACI DOLORIS” DE JUAN PABLO II

En esta Carta Apostólica, Juan Pablo II reflexiona sobre el sentido del sufrimiento humano. No se trata de que el hombre tenga necesariamente que sufrir ni de adoptar actitudes heroicas, sino de reconocer que sufre, buscando un sentido a ese sufrimiento para ayudar a responder ante él, afirmando también que la Iglesia está con los que sufren.

Su estructura es la siguiente:

Introducción.

El mundo del sufrimiento humano.

A la búsqueda de una respuesta a la pregunta sobre el sentido del sufrimiento humano.

Jesucristo: El sufrimiento vencido por amor.

Partícipes en los sufrimientos de Cristo.

El Evangelio del sufrimiento.

El Buen Samaritano.

Conclusión.

En su Introducción, Juan Pablo II dice que “(…), aunque el hombre conoce bien y tiene presentes los sufrimientos del mundo animal, sin embargo lo que expresamos con la palabra «sufrimiento» parece ser particularmente esencial a la naturaleza del hombre. Ello es tan profundo como el hombre, precisamente porque manifiesta a su manera la profundidad propia del hombre y de algún modo la supera. El sufrimiento parece pertenecer a la trascendencia del hombre; es uno de esos puntos en los que el hombre está en cierto sentido «destinado» a superarse a sí mismo, y de manera misteriosa es llamado a hacerlo”.

En la Conclusión, entre otras cosas, se afirma que “este es el sentido del sufrimiento, verdaderamente sobrenatural y a la vez humano. Es sobrenatural, porque se arraiga en el misterio divino de la redención del mundo, y es también profundamente humano, porque en él el hombre se encuentra a sí mismo, su propia humanidad, su propia dignidad y su propia misión.

El sufrimiento ciertamente pertenece al misterio del hombre. Quizás no está rodeado, como está el mismo hombre, por ese misterio que es particularmente impenetrable. El Concilio Vaticano II ha expresado esta verdad: «En realidad, el misterio del hombre sólo se esclarece en el misterio del Verbo encarnado. Porque… Cristo, el nuevo Adán, en la misma revelación del misterio del Padre y de su amor, manifiesta plenamente el hombre al hombre y le descubre la sublimidad de su vocación». Si estas palabras se refieren a todo lo que contempla el misterio del hombre, entonces ciertamente se refieren de modo muy particular al sufrimiento humano. Precisamente en este punto el «manifestar el hombre al hombre y descubrirle la sublimidad de su vocación» es particularmente indispensable. Sucede también –como lo prueba la experiencia– que esto es particularmente dramático. Pero cuando se realiza en plenitud y se convierte en luz para la vida humana, esto es también particularmente alegre. «Por Cristo y en Cristo se ilumina el enigma del dolor y de la muerte».

Deseamos vivir este Año de la Redención unidos especialmente a todos los que sufren”.

1986

LEY 14/86, DE 25 DE ABRIL, GENERAL DE SANIDAD (ESPAÑA)

Por medio de esta Ley, en España comenzó a reformarse el sistema sanitario.

Así, en su Artículo 1º se dice que “la presente Ley tiene por objeto la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en el Artículo 43 y concordantes de la Constitución.

Son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todos los españoles y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional.

Los extranjeros no residentes en España, así como los españoles fuera del territorio nacional, tendrán garantizado tal derecho en la forma que las leyes y convenios internacionales establezcan”.

Y en su Artículo 16 se dice que “las normas de utilización de los servicios sanitarios serán iguales para todos (…)”.

Así pues, en España todos tienen derecho a la protección de la salud, incluso las personas sin recursos (Artículo 80).

Otra novedad de la reforma es la estructura del sistema sanitario público, como indica el Artículo 44: “Todas las estructuras y servicios públicos al servicio de la salud integrarán el Sistema Nacional de Salud.

El Sistema Nacional de Salud es el conjunto de los Servicios de Salud de la Administración del Estado y de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas en los términos establecidos en la presente Ley”.

Por lo demás, enuncia la Carta de Derechos de los Pacientes y regula el Consentimiento Informado.

PRIMERA MADRE DE ALQUILER (MARY BETH WHITEHEAD)

En Febrero de 1985, Mary Beth Whitehead firmó un contrato de maternidad subrogada, aceptando ser inseminada artificialmente con el esperma de William Stern y entregar el niño a su nacimiento. A cambio de la entrega del niño recibiría la suma de diez mil dólares. Al mismo tiempo, aceptaba ser sometida a una amniocentesis y, si se detectaban anomalías en el feto, se obligaba a abortar a petición de la pareja que lo había “encargado”, bajo pena, en caso de no acceder, de perder el precio convenido.

En Marzo de 1986, la señora Whitehead dio a luz una niña, llamada Melisa (el caso también es conocido como “Baby M”), y la entregó, no sin reticencias, a los Stern, quienes decidieron confiársela “a título provisorio y para su salud moral”.

Mary conservó a Melisa durante cuatro meses, sin intención de entregarla a los Stern, hasta que fue obligada por una decisión judicial.

En Marzo de 1987, un Juez declaró extinguidos los derechos maternos de Mary.

El 3 de Febrero de 1988, el Tribunal Supremo del Estado de New Jersey la restableció en sus derechos y declaró nula la adopción hecha por la Sra. Stern. La niña fue declarada legalmente hija natural de la Sra. Whitehead y del Sr. Stern. Fundándose en el interés superior de la menor, el Tribunal decidió que ella residiría normalmente con el matrimonio Stern, pero que la madre subrogada –que era la madre genética- tenía un derecho de visita.

1987

INSTRUCCIÓN “DONUM VITAE”

El 22 de Febrero de 1987, la Congregación para la Doctrina de la Fe publica esta Instrucción, un documento sobre el respeto de la vida humana naciente, la dignidad de la procreación y el cuestionamiento sobre la legitimidad moral de las nuevas técnicas de reproducción asistida.

La estructura del documento es la siguiente:

– Preámbulo.

– Introducción.

– El respeto de los embriones humanos.

– Intervenciones sobre la procreación humana.

– La Moral y la Ley Civil. Los valores y las obligaciones morales que la legislación civil debe respetar y sancionar en esta materia.

– Conclusión.

1988

HUGO.

En este año nace el Proyecto Genoma Humano (HUGO, por sus siglas en inglés). Este proyecto consiste en averiguar dónde están cada uno de los genes que constituyen nuestra dotación genética.

LIBRO “ÉTICA GLOBAL”, DE R. VAN POTTER

Ante el camino que la Bioética había adquirido, es decir, circunscribiéndose a la ética biomédica, Potter publica otro libro, titulado Ética Global, entendiéndola como la reflexión moral acerca de las cuestiones biomédicas, la crisis ecológica y la distribución de los recursos. Está dedicado a Aldo Leopold, en cuya “Ética de la Tierra” (escrita en 1949), propone el término de justicia como aquella que tiende a preservar la estabilidad, integridad y belleza de la comunidad “bioética”, es decir global (aclara Potter), que engloba a todos lo integrantes de la tierra y a la tierra misma. Reafirma, pues, su enfoque del término “Bioética”, en el sentido no sólo médico sino medioambiental, en una escala de nivel mundial para preservar la supervivencia humana.

II.3. DÉCADA DE LOS NOVENTA

1991

EL INFORME REMMELINK Y EL INFORME VAN DER WAL (HOLANDA)

Son dos encuestas anónimas entre los médicos holandeses sobre la práctica de eutanasia en dicho país tras un tiempo de vigencia de la despenalización de la eutanasia, con el fin de conocer cómo se había concretado en la práctica esta despenalización.

Los resultados señalaron lo siguiente:

Anualmente se llevaban a cabo 2.300 eutanasias a petición del paciente.

Hubo, además, 400 casos de cooperación al suicidio

1.000 casos de eutanasia sin que mediara petición alguna del paciente.

5.800 en que se retiró o no se inició un tratamiento útil a petición del paciente y, a consecuencia de ello, murieron 4.756 enfermos.

De los 25.000 casos en que se retiró o se omitió un tratamiento sin que mediara petición del paciente, en 8.750 esta acción se realizó con la intención de terminar con su vida.

De los 22.500 pacientes que murieron por sobredosis de morfina, la dosis se administró con la intención de acelerar la muerte en 8.100 casos.

Por otro lado, el 51 % de los médicos en Holanda consideraban la eutanasia practicada al margen de la voluntad del enfermo como una opción digna de tener en cuenta y el 41´1 % de los médicos la había realizado.

Concluye también que alrededor de la tercera parte de los enfermos que mueren atendidos por el médico en Holanda, la muerte la ha provocado el médico.

DOCTOR QUILL

En Estados Unidos, éste médico publica un Artículo en el “New England Journal of Medicine” en el que explica cómo facilitó los medios necesarios para acabar con la vida de una paciente diagnosticada de leucemia.

LIBRO “FINAL EXIT”, DE DEREK HUMPHRY

Este autor, fundador de la “Hemlock Society” (asociación que está a favor de una muerte digna), publicó también en Estados Unidos un libro llamado “Final Exit”, que llegó a ser un best-seller.

En dicho libro se explica a los enfermos terminales cómo pueden suicidarse.

1994

DECLARACIÓN DE ÁMSTERDAM

Es la declaración sobre la promoción de los derechos de los pacientes en Europa, haciendo especial hincapié en la promoción y los conocimientos sobre salud para inmigrantes y minorías étnicas, dada la sociedad multiétnica en la que se vive.

Su génesis hay que buscarlo en el grupo llamado Proyecto MFH (Migrant Friendly Hospitals) y está apoyado por organizaciones europeas.

1995

ENCÍCLICA “EVANGELIUM VITAE” DE JUAN PABLO II

Esta Encíclica de Juan Pablo II, con el acertado título de “Evangelio de la Vida”, se publicó el 25 de Marzo de 1995 y aclara, entre otras cosas, la postura de la Iglesia sobre los puntos más importantes que trata la Bioética.

Parte del mensaje de Jesús y de Jesús mismo para afirmar la incomparable dignidad humana; así como el don de la vida desde el principio hasta el final (el embrión conocido y mirado con amor por Dios); recordando el precepto de “no matarás” especialmente para todos aquellos que defienden el aborto en la sociedad de hoy; considera la eutanasia como una grave violación de la Ley de Dios, oponiéndose –en concordancia con Pío XII- al ensañamiento terapéutico y reafirmando la legitimidad de no recurrir a terapias extraordinarias o desproporcionadas que podrían prolongar la vida del enfermo, pero al precio de grandes dolores y de muy pocas probabilidades de recuperación de la salud; proclama la calidad y la dignidad de vida en la vejez; además de la necesaria fundamentación moral que debe tener la legislación civil.

Afirma que “también las distintas técnicas de reproducción artificial, que parecerían puestas al servicio de la vida y que son practicadas no pocas  veces con esta intención, en realidad dan pie a nuevos atentados contra la vida. Más allá del hecho de que son moralmente inaceptables desde el momento en que separan la procreación del contexto integralmente humano del acto conyugal, estas técnicas registran altos porcentajes de fracaso. Este afecta no tanto a la fecundación como al desarrollo posterior del embrión, expuesto al riesgo de muerte por lo general en brevísimo tiempo. Además, se producen con frecuencia embriones en número superior al necesario para su implantación en el seno de la mujer, y estos así llamados « embriones supernumerarios » son posteriormente suprimidos o utilizados para investigaciones que, bajo el pretexto del progreso científico o médico, reducen en realidad la vida humana a simple « material biológico » del que se puede disponer libremente”.

Por su parte, “los diagnósticos prenatales, que no presentan dificultades morales si se realizan para determinar eventuales cuidados necesarios para el niño aún no nacido, con mucha frecuencia son ocasión para proponer o practicar el aborto. Es el aborto eugenésico, cuya legitimación en la opinión pública procede de una mentalidad —equivocadamente considerada acorde con las exigencias de la « terapéutica »— que acoge la vida sólo en determinadas condiciones, rechazando la limitación, la minusvalidez, la enfermedad”.

Así pues, “la presente Encíclica, fruto de la colaboración del Episcopado de todos los Países del mundo, quiere ser pues una confirmación precisa y firme del valor de la vida humana y de su carácter inviolable”.

Finalmente, y por no alargar demasiado la exposición, recuerda el número 27 de la Constitución “Gaudiem et Spes” del Cocilio Vaticano II, cuando dice que “todo lo que se opone a la vida, como los homicidios de cualquier género, los genocidios, el aborto, la eutanasia y el mismo suicidio voluntario; todo lo que viola la integridad de la persona humana, como las mutilaciones, las torturas corporales y mentales, incluso los intentos de coacción psicológica; todo lo que ofende a la dignidad humana, como las condiciones infrahumanas de vida, los encarcelamientos arbitrarios, las deportaciones, la esclavitud, la prostitución, la trata de blancas y de jóvenes; también las condiciones ignominiosas de trabajo en las que los obreros son tratados como meros instrumentos de lucro, no como personas libres y responsables; todas estas cosas y otras semejantes son ciertamente oprobios que, al corromper la civilización humana, deshonran más a quienes los practican que a quienes padecen la injusticia y son totalmente contrarios al honor debido al Creador”.

HYAKUDAI SAKAMOTO (NIHON UNIVERSITY DE JAPÓN)

Hyakudai Sakamoto es Profesor de la Nihon University de Japón y en la apertura de la “East Asian Conference of Bioethics” de 1995 ofrece una visión oriental de la Bioética, bastante distinta del enfoque europeo y americano, tan antropocéntrico, según él.

La naturaleza no es algo a conquistar, sino algo (o incluso alguien) con el que vivir y convivir. No se trata, por tanto, de abanderar los derechos humanos (tan dignos son como la dignidad de los animales o de otros seres), si no de crear armonía entre todo y todos.

1997

PRIMERA CLONACIÓN (OVEJA DOLLY).

El nacimiento del primer mamífero clónico, la famosa oveja Dolly, salió a la luz pública el 27 de Febrero de 1997, abriendo todo el debate y la polémica en relación con las investigaciones y experimentos sobre la clonación y el futuro de la misma, especialmente por lo que afecta a los seres humanos.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LA UNESCO SOBRE EL GENOMA HUMANO Y LOS DERECHOS HUMANOS

Este documento, adoptado el 11 de Noviembre de 1997, dio una especial importancia a la Bioética, como lo demuestran los varios artículos en los que se hace alusión a la misma, bien sea promoviendo la creación de comités de ética, fomentando la educación en bioética, favoreciendo el debate que garantice la libre expresión de las ideas, estimulando la relación internacional entre comités de ética y, finalmente, encargando al Comité Internacional de Bioética de la UNESCO la difusión  de los principios de la propia declaración.

1998

ÚLTIMO LIBRO DE R. VAN POTTER: “BIOÉTICA PUENTE, BIOÉTICA GLOBAL Y BIOÉTICA PROFUNDA”

De nuevo, Potter retoma su discurso en el sentido de que la Bioética pretende entender el planeta como grandes sistemas biológicos entrelazados e interdependientes, donde el centro ya no le corresponde al hombre como épocas anteriores, sino a la vida misma.

“A medida que llego al ocaso de mi experiencia siento que la Bioética Puente, la Bioética Profunda y la Bioética Global, han alcanzado el umbral de un nuevo día que va más allá de lo que yo pudiera haber imaginado o desarrollado”. Y recuerda que “la humildad es la consecuencia característica de seguir la afirmación <puedo estar equivocado>, y exige responsabilidad para aprender

de la experiencia y del conocimiento disponible (…). En conclusión, les pido que piensen en la bioética como una nueva ética científica que combina la humildad, la responsabilidad y la competencia, que es interdisciplinaria e intercultural, y que intensifica el sentido de la humanidad”.

II.4. PRIMERA DÉCADA DE LOS AÑOS DOS MIL

2000

DECLARACIÓN DE HELSINKI

En este año se produjo la, hasta ahora, última revisión de la Declaración de Helsinki.

2004

BORRADOR DE LA “DECLARACIÓN SOBRE NORMAS UNIVERSALES DE BIOÉTICA”

En este año se aprueba el cuarto borrador de la Declaración sobre Normas Universales de Bioética, en la que se lleva trabajando desde el año 2001.

APÉNDICE: BIOÉTICA EN ESPAÑA

1964

Pedro Laín Entralgo publica su libro “La relación médico-enfermo: Historia y Teoría”, en el que propone, después de un elaborado marco histórico de la misma, entenderla como relación de “amistad”. El libro tiene gran repercusión dentro y fuera de España.

1975

Francesc Abel funda el Instituto Borja de Bioética, adscrito a la Facultad de Teología de Barcelona, independizándose en 1984 y constituyéndose como Fundación privada.

Este Instituto colabora con la revista “Labor Hospitalaria” de la Orden de los Hermanos de San Juan de Dios, revista importantísima sobre Bioética en nuestro país.

1984

El INSALUD pone en marcha un “Plan de Humanización de la Atención Sanitaria”, introduciendo una “Carta de Derechos de los Pacientes”, no teniendo gran repercusión.

En ese mismo año ocurren dos acontecimientos más: por un lado, en la Clínica Dexeus de Barcelona nace el primer español obtenido por técnicas de fecundación in vitro; y, por otro, se constituye en Madrid la Asociación Proderecho a Morir Dignamente (hoy, la sede se encuentra en Barcelona).

1985

La STC número 53/1985 declara no punible el aborto en determinados supuestos, que recoge el Artículo 417 bis del Código Penal, todavía vigente.

En ese mismo año se inicia el primer Seminario Interdisciplinario sobre Bioética, impulsado por la Conferencia Episcopal Española, en la Universidad Pontificia de Comillas (Madrid), coordinado por Javier Gafo, S. J., que era el Catedrático de Bioética de esa Universidad (hasta su muerte). Las Monografías que salen de los Seminarios siguientes llevan por título “Dilemas Éticos de la Medicina Actual”.

1986

Se aprueba por el Congreso de los Diputados el “Informe Palacios”  (llamado así por el ponente, Marcelo Palacios, médico asturiano) sobre fecundación in vitro e inseminación artificial, que se inspira básicamente en el “Informe Warnock”.

Como ya queda dicho, se promulga la Ley General de Sanidad.

Además, la Fundación Valenciana de Estudios Avanzados (cuyo Consejo Científico es presidido por el Doctor Don Santiago Grisolía) organiza una reunión sobre cuestiones éticas de la medicina. Estas reuniones se repiten en los años siguientes (tienen ya carácter internacional), ocupándose en los años 1988 y 1990 del análisis de los problemas éticos derivados del HUGO.

1987

La revista “Moralia” del Instituto Superior de Ciencias Morales, de los Padres Redentoristas (de entre cuyos miembros destacan Francisco Javier Elizarri y Marciano Vidal), publica un monográfico dedicado a analizar detalladamente la “Instrucción Donum Vitae” de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe.

Los trabajos del tristemente desaparecido Eduardo López Azpitarte, S. J., de la Facultad de Teología de Granada, también merecen ser mencionados, dada la trascendencia que ha tenido y tiene este gran jesuita en la Teología Moral (no sólo Bioética) en España.

1988

Se promulgan dos Leyes importantes:

Ley 35/1988, de 22 de Noviembre: sobre técnicas de reproducción asistida (en cuya base se encuentra el “Informe Palacios”).

Ley 42/1988, de 28 de Diciembre: sobre donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos y órganos.

1989

Diego Gracia publica su libro “Fundamentos de Bioética”, apelando a la obra de Zubiri para desarrollar las bases de su visión sobre la Bioética.

El Consejo General de Enfermería publica el Código Deontológico de la Enfermería Española.

1989-1990

Varios presos del GRAPO realizan una larga huelga de hambre, que genera una crisis sobre las obligaciones éticas y legales de los médicos y del Estado ante este tipo de pacientes.

1991

Diego Gracia publica un pequeño texto titulado “Procedimientos de Decisión en Ética Clínica”.

Por su parte, el Comité Episcopal para la Defensa de la Vida, perteneciente a la Conferencia Episcopal Española, publica un documento titulado “El aborto, 100 cuestiones y respuestas sobre la defensa de la vida humana y la actitud de los católicos”.

1992

Se constituye la Sociedad Española de Cuidados Paliativos con el fin de promover una calidad de atención a los enfermos terminales e impulsar el desarrollo de los cuidados paliativos en España.

Se entiende por cuidados paliativos aquellos encaminados a tratar la sintomatología que arremete e incomoda a un paciente en situación terminal, es decir, cuando no es posible tratar la enfermedad.

1993

El Comité Episcopal para la Defensa de la Vida publica otro documento titulado “La eutanasia, 100 cuestiones y respuestas sobre la defensa de la vida humana y la actitud de los católicos”.

Comienzan las reuniones del Consejo Asesor de Sanidad, una de cuyas misiones es asesorar al Ministerio de Sanidad y Consumo, entre otros temas, sobre aspectos éticos que pueden incidir en la formulación de la política sanitaria.

Sale a la luz pública, por medio de la televisión, la petición de Ramón Sampedro (tetrapléjico desde hace 25 años) de que alguien acabe con su vida.

Algunas Facultades de Medicina incorporan la asignatura de “Bioética” a sus programas de estudios.

Se crea en la Universidad de Deusto la Cátedra de Derecho y Genoma Humano, la primera en todo el mundo, ocupada por Carlos María Romero Casabona.

También merece destacarse la labor científica, bioética y teológica de Juan Ramón Lacadena Calero, Catedrático de Genética en la Universidad Complutense  de Madrid.

1994

Se funda la Asociación Española de Bioética y Ética Médica (AEBI), que publica la revista “Cuadernos de Bioética” y organiza Congresos Nacionales cada dos años, el último de los cuales (concretamente el VI), tuvo lugar en la Universidad Católica de Valencia los días 15, 16 y 17 de noviembre de 2007.

1996

Marcelo Palacios funda en Gijón la Sociedad Internacional de Bioética.

1998

En Febrero de este año muere Ramón Sampedro, avivando el debate en torno a la eutanasia.

2002

Se promulga la Ley 41/02 sobre autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

2004

El mencionado debate sobre la eutanasia vuelve a producirse por la proyección de la película “Mar Adentro”, dirigida por Alejandro Amenábar.

2006

Se promulga la Ley 14/06, sobre Reproducción Asistida.

Se funda el Observatorio de Bioética de la Universidad Católica de Valencia “San Vicente Mártir”, que publica un Boletín Electrónico bimensual.

2007

Se promulga la Ley 14/07 sobre Investigación Biomédica.

El Doctor Don Justo Aznar Lucea publica el libro “La vida humana naciente”, en colaboración con prestigiosos bioeticistas españoles.

BIBLIOGRAFÍA UTILIZADA

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David Guillem-Tatay

Instituto Ciencias de la Vida

Observatorio de Bioética