El Grupo Parlamentario Popular en el Senado, ha decidido determinan la edad mínima, para que las relaciones sexuales de menores sean consideradas consentidas, en 16 años, tal y como figuraba en el proyecto de Ley de reforma del Código Penal que le fue remitido desde el Congreso, mientras los grupos de la oposición proponen fijarla en 14 o 15, porque consideran que de otro modo, se criminalizarían determinadas relaciones. Si se mantiene la redacción actual, los actos de carácter sexual con menores de dieciséis años serán considerados un hecho delictivo, salvo que se trate de relaciones consentidas con una persona próxima al menor, por edad y grado de desarrollo o madurez.
Agravantes
Se establecen agravantes si además existe violencia. «Estamos totalmente en desacuerdo en la elevación de la edad de consentimiento sexual, de 13 a 16 años, criminalizando asi una realidad social. Además, teniendo en cuenta que el Código Civil establece que se pueden celebrar matrimonios a partir de los 14 años», afirma en su propuesta de veto la Entesa Catalana de Progrès. Esta formación política ha presentado el mismo texto de enmienda que el Grupo Socialista sobre este asunto. Proponen subir la edad del consentimiento sexual de los 13 actuales a 14 años, «como están haciendo la mayoría de los ordenamientos cercanos» y «mantener el principio de respeto y garantía de la libertad sexual de las personas de 14 y 15 años, cuando actúan con consentimiento libre y voluntario» (Europa Press. 19-II-2015).
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